MONEDAS ENCRIPTADAS, EL PESO CAÑERO Y EL BIG BANG KOIN
LA DEMOCRACIA ES LA FUERZA QUE IMPULSA EL ORDENAMIENTO DEL EQUILIBRIO, LA JUSTICIA, LA PAZ Y EL CRECIMIENTO COLECTIVO DE LA VIDA EN SOCIEDAD
LA CONSULTA A LOS JURISTAS Y LEY DE PRIMARIAS
Alcanzar el consenso democrático razonablemente equilibrado, viable y ejecutable, en torno a la manera de organizar los escrutinios primarios a través de los cuales se habrían de seleccionar los candidatos a puestos gubernamentales elegibles a través del voto ciudadano directo, ha constituido y constituye un proceso de profunda reflexión ideológica en torno al pretendido hecho democrático en el que la sociedad políticamente activa en la lucha por alcanzar el dominio sobre los poderes de
El Estado. El sistema electoral aplicado en la República Dominicana, siguiendo los derechos y disposiciones establecidos en nuestra Constitución Nacioal, -ley suprema del Estado Dominicano-, hasta este momento, permite que las organizaciones políticas autorizadas a terciar en los procesos electorales oficiales, decidan la selección previa de sus propuestas, siguiendo sus reglamentos internos.
Un nuevo proyecto que busca cercenar esta prerrogativa reservada a los estatutos propios de cada organización, se halla, en estos momentos, en discusión por parte de todas las organizaciones políticas así como entre distintos medios de comunicación, organizaciones profesionales, el poder legislativo, las instituciones electorales de El Estado y otras instancias de gran peso político y social en nuestra ciudadanía, como las organizaciones laborales, religiosas y empresariales.
Cierto es que se espera que a última instancia, lo que ha de decidirse sería, sin dudas, lo que decida el poderoso Comité Político del partido político más influyente, El Partido de la Liberación Dominicana, en cuya membresía gravita la mayor responsabilidad sobre la dirección de El Estado y todas las instituciones oficiales, sobre todo, el poder legislativo que es el responsable y concernido final para votar las leyes que nos han de regir.
Muchos argumentos, algunos muy vagos y otros concentrados en temores sobre los modos de ejercer influencias externas sobre las realidades electorales de los partidos, han sido esgrimidos y peleados en todos los debates que sobre el asunto se anda dilucidando en todos los encuentros y medios en los que se trata la materia.
Al final, según nuestras consideraciones y experiencias logradas a través del conocimiento y participación ocasional de estos procesos de selección, lo mismo que por la participación reiterada en varios encuentros y discusiones sobre la materia, desde la condición misma, de representante de la organización política en la que me honro militar, todo ha de quedar prácticamente en la misma posición anterior: los partidos políticos serán dejados en libertad de decidir a través de sus estatutos, formalmente aceptados y registrados por las instancias oficiales: Tribunal Superior Electoral, Junta Central Electoral, y todo a quien concierna, los derechos a adoptar el método de selección primaria que según sus estructuras organizativas particulares mejor les vista. Obviamente, cualquier método adoptado será supervisado y su cumplimiento certificado por el organismo oficial de El Estado, según corresponda.
Nada distinto, ningún invento, sobre disponer por ley que sean, abiertas, semi-abiertas o cerradas, podrá disponerse a la luz de nuestras disposiciones constitucionales sin violentar las mismas. Pena que, sin embargo, no me tocará nada sobre la millonada que se ha contratado pagar a lo expertos juriconsultos que desde antes que yo, conocen esta verdad
LA CONSULTA A LOS JURISTAS Y LEY DE PRIMARIAS
Alcanzar el consenso democrático razonablemente equilibrado, viable y ejecutable, en torno a la manera de organizar los escrutinios primarios a través de los cuales se habrían de seleccionar los candidatos a puestos gubernamentales elegibles a través del voto ciudadano directo, ha constituido y constituye un proceso de profunda reflexión ideológica en torno al pretendido hecho democrático en el que la sociedad políticamente activa en la lucha por alcanzar el dominio sobre los poderes de
El Estado. El sistema electoral aplicado en la República Dominicana, siguiendo los derechos y disposiciones establecidos en nuestra Constitución Nacioal, -ley suprema del Estado Dominicano-, hasta este momento, permite que las organizaciones políticas autorizadas a terciar en los procesos electorales oficiales, decidan la selección previa de sus propuestas, siguiendo sus reglamentos internos.
Un nuevo proyecto que busca cercenar esta prerrogativa reservada a los estatutos propios de cada organización, se halla, en estos momentos, en discusión por parte de todas las organizaciones políticas así como entre distintos medios de comunicación, organizaciones profesionales, el poder legislativo, las instituciones electorales de El Estado y otras instancias de gran peso político y social en nuestra ciudadanía, como las organizaciones laborales, religiosas y empresariales.
Cierto es que se espera que a última instancia, lo que ha de decidirse sería, sin dudas, lo que decida el poderoso Comité Político del partido político más influyente, El Partido de la Liberación Dominicana, en cuya membresía gravita la mayor responsabilidad sobre la dirección de El Estado y todas las instituciones oficiales, sobre todo, el poder legislativo que es el responsable y concernido final para votar las leyes que nos han de regir.
Muchos argumentos, algunos muy vagos y otros concentrados en temores sobre los modos de ejercer influencias externas sobre las realidades electorales de los partidos, han sido esgrimidos y peleados en todos los debates que sobre el asunto se anda dilucidando en todos los encuentros y medios en los que se trata la materia.
Al final, según nuestras consideraciones y experiencias logradas a través del conocimiento y participación ocasional de estos procesos de selección, lo mismo que por la participación reiterada en varios encuentros y discusiones sobre la materia, desde la condición misma, de representante de la organización política en la que me honro militar, todo ha de quedar prácticamente en la misma posición anterior: los partidos políticos serán dejados en libertad de decidir a través de sus estatutos, formalmente aceptados y registrados por las instancias oficiales: Tribunal Superior Electoral, Junta Central Electoral, y todo a quien concierna, los derechos a adoptar el método de selección primaria que según sus estructuras organizativas particulares mejor les vista. Obviamente, cualquier método adoptado será supervisado y su cumplimiento certificado por el organismo oficial de El Estado, según corresponda.
Nada distinto, ningún invento, sobre disponer por ley que sean, abiertas, semi-abiertas o cerradas, podrá disponerse a la luz de nuestras disposiciones constitucionales sin violentar las mismas. Pena que, sin embargo, no me tocará nada sobre la millonada que se ha contratado pagar a lo expertos juriconsultos que desde antes que yo, conocen esta verdad

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